El Tribunal General desestima el recurso interpuesto por las Bodegas Vega Sicilia, al compartir las conclusiones alcanzadas en la instancia, y considerar que la marca solicitada “Tempos Vega Sicilia” incurre en motivo de denegación absoluto al contener el término «Sicilia», que es una parte significativa de las denominaciones de origen protegidas.
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