En este trabajo pongo a prueba las tesis de Joseph Haz sobre el lugar que ocupa el razonamiento moral en dos áreas susceptibles de ser distinguidas: interpretación jurídica (incerpretación constitucional, en particular) y adjudicación judicial. Raz arguye que la interprecación constitucional y la adjudicación judicial se basan fundamentalmente en un argumento moral, donde la voz de la autoridad jurídica legítima es solo una primera voz. Pero esta idea choca con las principales tesis que estructuran su teoría del derecho. asociadas al positivismo excluyente. Mi argumento es que, dado su punto de partida metodológico, no puede sino sostener que los argumentos morales están excluidos no solo en la idencificación del derecho, sino también de la adjudicación de casos particulares, por lo menos donde existe derecho establecido.
In this paper I test Joseph Raz's thesis on the place of moral reasoning in two areas that can be distinguished: legal interpretation (constitutional interpretation, in particular) and judicial adjudication. Raz argues that constitutional interpretation and judicial adjudication are based primarily on a moral argument, where the voice of legitimate legal authority is only a first voice. But this idea clashes with the main theses that structure his theory of law, associated with exclusionary positivism. My argument is that, given its methodological starting point, it cannot but argue that moral arguments are excluded not only in the identification of law, but also in the adjudication of particular cases, at least where there is settled law.
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