Los responsables de la política tributaria, y en definitiva de la fiscal, son libres de tomar medidas para la aproximación de los tipos efectivos a los nominales y, así, llevar a cabo el ensanchamiento de las bases imponibles, limitar la compensación de bases imponibles negativas o la minoración de las deducciones, pero lo que resulta difícil de aceptar es que deban revertirse las consecuencias de los beneficios fiscales aplicados tiempo atrás al amparo de normativa vigente y sin condicionamiento alguno, que en materia de irretroactividad se esté actuando tan a la ligera.
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