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Resumen de La sucesión en el tiempo de los Planes Hidrológicos y sus efectos sobre los expedientes en curso: (Comentario del Informe de la Subdirección General de los Servicios Consultivos de la Abogacía General del Estado de 11 de septiembre de 2013)

Iván Quintana Martínez

  • Uno de los primeros documentos administrativos que será objeto de publicación y comentario en la Revista REDAS es el informe de la Subdirección General de los Servicios Consultivos de la Abogacía General del Estado de 11 de septiembre de 2013, en el que se aborda un problema surgido con la aprobación de los planes hidrológicos de cada demarcación, y el cual se repetirá con la aprobación a finales de 2015 de los nuevos planes hidrológicos de cada demarcación.

    Durante el año 2013 y principios de 2014, y con más de 3 años de retraso sobre el plazo marcado por la Directiva Marco del Agua, se han aprobado los planes hidrológicos de todas las demarcaciones hidrológicas españolas, tanto intercomunitarias como intracomunitarias, cumpliendo con ello el primer ciclo de planificación para atender las obligaciones normativas, tanto las que son propias del ordenamiento español interno como las derivadas de las normas de la Unión Europea, en particular, de la Directiva 2000/60/CE, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política del agua, conocida como Directiva Marco del Agua.


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