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Resumen de La mediación concursal como negociación extrajudicial de deudas de empresarios.

Luis Alberto Leonardo Zorrilla

  • En el presente estudio se realiza un análisis sobre todo el sistema de control de la policía a los maltratadores por delito de violencia de género mediante las pulseras electrónicas. El proceso de concesión de la pulsera, las reglas para sEl presente estudio pretende analizar y comprender desde una perspectiva teórico dogmática la regulación normativa que el legislador ha realizado de la mediación concursal como negociación extrajudicial del pago de deudas de los empresarios y si, ésta, solventa de forma adecuada el fracaso del concurso de acreedores como vía para salvar las empresas en situación económica complicada de la consiguiente destrucción del tejido empresarial.

    Con la Ley 14/2013 de 27 de septiembre se introduce el acuerdo extrajudicial de pagos modificando el Titulo X de la Ley Concursal como respuesta necesaria a la situación de crisis económica con el objeto de facilitar la viabilidad de continuación de la actividad económica de los deudores.

    La realidad que se ha observado nos informa con claridad de la dificultad de superar el procedimiento concursal por el concursado siendo la liquidación la conclusión más frecuente. En esta línea, los institutos preconcursales se configuran como elementos de gran importancia para cumplir con la finalidad del saneamiento de empresas subsidiaria de la satisfacción de los acreedores una vez iniciado el concurso de acreedores dentro de las vías posibles para la mejor tutela del crédito.


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