El presente ensayo tiene por objeto problematizar y profundizar desde una perspectiva contemporánea la especial técnica de reproducción humana asistida como lo es la fertilización post mortem. Para este fin, se toman, a modo de excusa o disparador, recientes planteos judiciales esgrimidos en tres ordenamientos jurídicos con realidades y legislaciones bien diferentes como lo son Argentina, Francia y Gran Bretaña, a los cuales también se debe sumar España siendo que uno de estos precedentes involucra a la regulación española. Estas sentencias son hábiles también para revisar la noción de “progreso o “progresismo” en el campo de las técnicas de reproducción humana asistida y a la par, problematizar sobre la admisión irrestricta, estricta o intermedia en la temática. En otras palabras, se pretende indagar sobre el rol de los límites al momento de edificar una ley y su posible tensión con el derecho humano a gozar de los beneficios del progreso científico.
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