La generalización en los últimos años de la cesión de carteras de créditos ha dejado al descubierto deficiencias en el tratamiento procesal de los créditos litigiosos que convendría remediar. En este artículo se propone una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil que permita al deudor el ejercicio del derecho a extinguir el crédito litigioso (ex artículo 1535 del Código Civil) en el seno del proceso de ejecución.
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