El Tribunal Supremo ha fijado como doctrina jurisprudencial, en su sentencia de 3 de junio de 2016, que los intereses moratorios en préstamos hipotecarios que superen en dos puntos porcentuales a los intereses remuneratorios serán reputados abusivos. A lo largo de este artículo analizaremos la resolución del Alto Tribunal así como sus implicaciones
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