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Los intereses moratorios que superen en dos puntos porcentuales a los remuneratorios también serán abusivos en los préstamos hipotecarios: Comentario a la STS (Pleno) núm. 364/2016, de 3 junio

  • Autores: Alicia Agüero Ortiz
  • Localización: Revista CESCO de Derecho de Consumo, ISSN-e 2254-2582, Nº. 19, 2016 (Ejemplar dedicado a: IVA DE LAS PUBLICACIONES DIGITALES; CRIPTODIVISAS; SHOWROOM; JUEGO Y APUESTAS ON LINE; «EL PROSUMIDOR»; SEGUROS COLABORATIVOS; CONTROL DE ABUSIVIDAD DE LA CLÁUSULA DE EJECUCIÓN NOTARIAL DE LA HIPOTECA; OTROS), págs. 209-216
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • El Tribunal Supremo ha fijado como doctrina jurisprudencial, en su sentencia de 3 de junio de 2016, que los intereses moratorios en préstamos hipotecarios que superen en dos puntos porcentuales a los intereses remuneratorios serán reputados abusivos. A lo largo de este artículo analizaremos la resolución del Alto Tribunal así como sus implicaciones


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