María Marta Didier, Esteban J. I. Romero, Nicolás F. Parini
El artículo analiza la constitucionalidad de una de las medidas reglamentarias del derecho a la objeción de conciencia: los registros de objetores de conciencia. Para ello, toma en cuenta las exigencias que plantean los principios de razonabilidad e igualdad, considerando bajo este último aspecto la denominada discriminación indirecta y la igualdad en el acceso a los cargos públicos. Asimismo, la cuestión también es abordada desde las disposiciones de la Ley argentina Nº 25.326, de protección de datos personales.
This article discusses the constitutionality of one of the regulatory measures upon the right to conscientious objection: the registration of conscientious objectors. To this end, the requirements posed by the principles of reasonableness and equality are taken into account, considering under the latter the so–called indirect discrimination and equal access to public office. Moreover, the issue is also tackled considering the provisions of argentinian Personal Data Protection Law, Nº 25.326.
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