Se plantea sobre los contenidos de «la cuarta generación de directivas europeas en materia de contratación pública» que tienen que ser de aplicación directa a partir de la fecha límite para la transposición por parte de los estados miembros –el día 18 de abril de 2016–, en caso de que el Estado español incumpla la obligación de transponer en este plazo y cuáles son las disposiciones de las directivas 23, 24 y 25/2014/UE, relativas a la contratación del sector público de la Unión Europea que, a juicio de la Junta, son de aplicación directa por el sector público de Cataluña, a pesar de no haber sido transpuestas por el estado español.
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