Cuando la resolución emitida por un Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales no resulte conforme a los intereses de uno de los operadores económicos intervinientes en el conflicto, el vigente TRLCSP permite que contra dicha resolución se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
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