Constatada una proposición económica de un licitador como presuntamente anormal o desproporcionada, el órgano de contratación se dispone a requerirle justificación de tal oferta. Se plantea la cuestión de si tal requerimiento debe recaer no solo sobre la viabilidad económica de su oferta respecto al cumplimiento de las obligaciones básicas fijadas en el pliego, sino también respecto a las mejoras ofertadas.
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