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Resumen de El decomiso tras las reformas del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 2015

José Antonio Díaz Cabiale

  • español

    En 2015, España, por exigencias del derecho internacional, reformó la regulación del decomiso tanto en el Código Penal como en la Ley de Enjuiciamiento Criminal al trasponer la Directiva 2014/42UE. El trabajo examina las principales novedades que atañen al decomiso, tales como su extensión, el decomiso ampliado, el decomiso preventivo y otras medidas cautelares, el uso provisional de los bienes decomisados, el decomiso de bienes de terceros, la intervención de terceros cuyos derechos se pueden ver afectados por el decomiso. Existe en derecho español un proceso de decomiso autónomo para los supuestos de enfermedad, incapacidad o incluso muerte del acusado (ampliando así el contenido de la Directiva 2014/42UE). Algunas de las novedades resultan controvertidas en atención a los derechos constitucionales y las garantías penales y procesales involucradas, por eso el legislador, siguiendo la jurisprudencia del TEDH que justifica el decomiso civil en algunos países europeos, explica que el decomiso ampliado no es una sanción sino una especie de responsabilidad civil (enriquecimiento injusto) que nace de una conducta ilícita. Una explicación que expande su influencia al decomiso directo de los instrumentos y productos del delito del acusado y los terceros. En el trabajo se examina el acierto de esta teoría.

  • English

    In 2015, as a result of the requirements of international law, Spain, implementing Directive 2014/42EU, reformed confiscation both in the Penal Code and the Criminal Procedural Code. The paper examines all the main novelties concerning confiscation such as its scope, extended confiscation, freezing and other provisional measures, provisional use of criminal assets for public interest, confiscation of property transferred to third parties, participation in the procedure of third parties whose rights might be involved by confiscation. Spanish law also provides a confiscation process in absentia in the cases of illness, absconding of the suspected or accused person and also of death (expanding in this case the scope of the Directive). Some of these novelties are controversial according to the constitutional rights and criminal and procedural guarantees involved so the legislator explains, following the case law of the ECtHR that justifies civil confiscation in some European countries, that the extended confiscation is not a sanction but a kind of pecuniary damage (unjust enrichment) as the result of tortious conduct. This explanation expands its influence to direct confiscation of proceeds and instrumentalities of the accused and of a third party. The accuracy of this theory is examined in the paper.


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