El presente artículo estudia uno de los supuestos en los que nuestro Ordenamiento jurídico reconoce legitimación activa, a sujetos distintos de los titulares de los derechos subjetivos o intereses legítimos que se tutelan, cuando dichos sujetos actúan en el proceso en defensa de intereses colectivos o difusos. En concreto, se analiza la legitimación activa frente a los actos discriminatorios por razón de género en todos los ámbitos de la jurisdicción ordinaria.
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