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Arrendamientos financieros con tipos de interés "artificialmente bajos": ajustes en el caso de que valor razonable del bien sea inferior al valor actual de los pagos mínimos

  • Autores: Juan del Busto Méndez
  • Localización: Revista contable, ISSN 2254-4461, Nº. 20, 2014, págs. 8-13
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La norma contable asume como objetivo que en el tratamiento de las operaciones prime el fondo económico de las mismas sobre la forma jurídica con las que se hayan instrumentado.

      Recordemos que en los arrendamientos financieros, tanto el bien arrendado como la deuda que surge del arrendamiento deben reconocerse por el valor actual de los pagos mínimos del contrato. El cálculo de ese valor actual vendrá explicado por los pagos contractuales mínimos, que son una obligación que se recoge en el contrato, y por el tipo de interés que utilice la entidad para realizar el descuento, que es una estimación que debe realizar la entidad.


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