La reforma de la Ley de Ordenación de la Edificación que entró en vigor el 1 de enero de 2016 respecto a la entrega de cantidades a cuenta en la compra de viviendas merece un comentario; entre otros muchos aspectos que podrían ser discutidos, el referido específicamente a la resolución del contrato de venta y efectividad de la garantía tras el incumplimiento de la promotora. En este artículo hacemos un estudio comparativo entre la norma anterior y la reformada desde el punto de vista de la verdadera protección al adquirente tras esta modificación legal.
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