El par o binomio Derecho público/Derecho privado se considera la summa divisio del Derecho (especialmente en la tradición jurídica continental). Pero ninguna de las teorías que han intentado explicar cuál sea el criterio de distinción entre los dos (el quid) ha conseguido imponerse. Creo que esto se debe a que habitualmente empleamos esos términos en contextos y con significados muy distintos. Es normal que ninguna teoría pueda dar cuenta de todos ellos. En este trabajo propongo una tipología de los contextos y sentidos distintos en que se usa el par Derecho público/Derecho privado.
The pair Public Law/Private Law is thought to be the summa divisio in Law (especially in the Continental Law tradition). But the ratio of this divide (“the quid”) is a very much discussed question. The reason may be that we usually use these words in different contexts and with different meanings. No single explanation can give account of all of them. This paper tries an explanation of the different contexts and meanings of the pair Public Law/Private Law.
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