En los desencuentros entre el Tribunal Supremo (TS) y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a propósito del control judicial de los nombramientos discrecionales, a menudo sucede que es en el seno del propio órgano controlador donde, a través de votos particulares (VP), se promueve el más obsequioso self-restraint ante la actuación del Consejo. El asunto que aquí se afrontará se sitúa en una etapa posterior aunque enlazada con la primera, a saber: en el apoyo argumental que ha procurado en un caso el VP a efectos de reiterar el nombramiento anulado por la mayoría de la Sala.
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