La reforma del Código Penal español en 2010 introdujo la libertad vigilada entre las medidas de seguridad no privativas de libertad. Esta medida es aplicable, entre otros, a los terroristas, justificándose en la protección de las víctimas potenciales, la peligrosidad del sujeto y las dificultades de reintegración. Sin embargo la realidad es que la medida corre el riesgo de convertirse en un control excesivo y prolongado de los delincuentes que ya han cumplido su condena.
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