A una década de reactivado el debate sobre el derecho de acceso a la información pública y la transparencia de los entes públicos, el balance ofrece claroscuros.
La conquista se centra en la existencia de legislación que regula lo establecido en el artículo 6º constitucional en donde, a diferencia del derecho de petición que sólo posibilitaba de manera respetuosa “pedir” a la autoridad, en el derecho a saber lo que se logra es la obligación de la autoridad a dar una respuesta.
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