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Las diligencias finales en la jurisprudencia contencioso-administrativa

  • Autores: Manuel Fernández-Lomana García
  • Localización: Actualidad administrativa, ISSN 1130-9946, Nº 9, 2016
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Las diligencias finales permiten al Tribunal obtener una solución del caso más ajustada a la realidad de los hechos. Al concurrir un marcado interés público en las pretensiones enjuiciadas en este tipo de procesos, la regulación contencioso-administrativa, frente a la civil, concede, a tal efecto, mayores poderes el juez contencioso-administrativo. Pero esto no es incompatible con el derecho de las partes, al igual que en el proceso civil, a solicitar la práctica de diligencias finales en supuestos excepcionales, estando obligado el órgano judicial a su práctica, siempre que se dé el presupuesto de hecho de la norma. Así, se observa que, en la práctica judicial contencioso-administrativa, se siguen concediendo amplias facultades al Juez para que acuerde tales diligencias finales, pero al mismo tiempo se va imponiendo una práctica que apuesta por atender a las peticiones de las partes para su práctica, siempre que se encuentre justificada.


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