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Resumen de El litisconsorcio pasivo, la validez de la sumisión expresa y la noción de materia contractual en el sector financiero: nota a la STJUE de 20 de abril de 2016

Isabel Antón Juárez

  • español

    El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado en su sentencia de 20 de abril de 2016 sobre tres de los artículos más controvertidos en la aplicación del Reglamento 44/2001 (actual Reglamento Bruselas I bis). Estas cuestiones son planteadas al Tribunal de Justicia por la Corte de Casación italiana en torno a un procedimiento en materia financiera. El tribunal italiano solicita que se le aclaren básicamente tres aspectos: 1) si el art. 6.1 del Reglamento 44/2001(actual art. 8.1 RBI-bis) debe ser aplicado restrictivamente sólo en el caso de riesgo de resoluciones inconciliables o puede ser utilizado cuando procesalmente convenga al demandante aunar demandas ante un único tribunal; 2) si una cláusula de sumisión expresa a favor de los tribunales de un Estado miembro recogida en un folleto de emisión de títulos de crédito cumple con los criterios exigidos por el art. 23 del Reglamento Bruselas I. Es más, cabría oponer dicha cláusula recogida en el folleto de emisión a un tercero que adquiere los bonos en el mercado secundario; 3) si una acción judicial dirigida a anular un contrato es “materia contractual” en el sentido del art. 5.1.a R.44/2001(actual art. 7.1.a) RBI-bis).

  • English

    The European Court of Justice has hold in its resolution of 20 April 2016 about three of the most difficult articles to enforce Brussels I Regulation. These questions are formulated by the Italian High Court regarding a financial issue process. The Italian court asked basically about these questions: 1) if art. 6.1 BI can be used in every case the defendant consider it is interesting to join claims or only when there is a risk of irreconcilable judgments; 2) if an agreement conferring jurisdiction is legal according to art. 23 RBI when it is inserted in the prospectus created unilaterally by a bond issuer; 3) if an action addressed to void a contract could be understood as “matters relating to a contract” according to art. 5.1. A) BI.


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