Los Estados ejercen su soberanía dentro del ámbito de su territorio, y debido al principio de la independencia, la sentencia dictada en Estado Extranjero no puede tener efectos, en principio, fuera de los límites del Estado en el cual se dictó, pues ella es una manifestación de la soberanía, y ésta solamente puede tener autoridad o relevancia dentro del ámbito territorial del Estado. El profesor Diego Guzmán Latorre afirma al respecto: “... Los efectos o eficacia de una sentencia, como acto de soberanía del Estado, terminan, en principio, en la frontera donde tal soberanía desaparece" En las fronteras termina la jurisdicción de los jueces; de allí que sus sentencias tengan eficacia dentro del territorio donde esos jueces administran justicia. (…)
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