No obstante que la Revolución Francesa habló de la Seguridad Social hace más de doscientos años, la Constitución nuestra nunca lo hizo. Ahora en el año 1991 si hizo referencia a ella, sin atreverse a definirla. Dijo que era un servicio público que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado. Se le considera además, un derecho irrenunciable. La ley se encargaría de implementarla (art. 48). El General Rafael Uribe habló de ella a comienzos del Siglo, pero no tuvo eco ni siquiera en su mismo partido. Luego el país fue creando a tramos legales una Seguridad Social "a la carta", sin consistencia, sin plan definido, sin entronque filosófico. Más bien fue fruto de imposiciones improvisadas del Estado. Así nacieron el Seguro Social y las Cajas de Previsión social. De la iniciativa privada surgieron las Cajas de Compensación Familiar prohijadas después por la ley. (…)
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