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Sobre el estatuto de los derechos sociales: Una relectura en clave normativa

    1. [1] University of Bologna

      University of Bologna

      Bolonia, Italia

  • Localización: Derechos y libertades: Revista de Filosofía del Derecho y derechos humanos, ISSN 1133-0937, Nº 35, 2016, págs. 81-109
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      En los últimos años los derechos sociales han vuelto al centro del debate filosófico- jurídico y político como ámbito “privilegiado” de investigación en relación con su efectividad y sostenibilidad, en particular frente a la expansión de la crisis económica y financiera iniciada en el año 2008. Se ha vuelto, así, a discutir sobre la categoría de los derechos sociales como derechos “especiales” que tendrían una constante relación conflictiva con los otros derechos fundamentales, por ejemplo con los derechos de libertad, desde el momento en que los derechos sociales siempre estarían caracterizados por una dimensión prestacional a cargo de los poderes públicos. El objetivo de este trabajo consiste, por el contrario, en reafirmar la fuerza normativa de los derechos sociales, en cuanto que derechos morales “irreductibles” en su estructura y función, dotados de un fundamento común al de los derechos subjetivos que incluye la síntesis de los valores de libertad, igualdad y dignidad. En este sentido no sólo la distinción entre derechos “de libertad” incondicionados y “derechos sociales” condicionados se debe superar, sino que los derechos sociales resurgen hoy con fuerza como instrumento “privilegiado” para hacer frente al drástico aumento de las desigualdades económico-sociales y de la tasa de pobreza.

    • English

      In recent years, in the context of the economic and financial crisis initiated in 2008, social rights have once more gained centre stage in legal philosophical and political debates as a ‘privileged’ area of investigation in relation to their effectiveness and sustainability. The discussion has thus turned to the notion of social rights as “special” rights, revealing themselves as standing in conflict with other fundamental rights, such as the basic freedoms. In this view, social rights are understood as moral rights entailing a duty of public bodies to deliver a corresponding service. In this article I argue, by contrast, that social rights are endowed with a normative force, in that in their function and structure they share with the other set of rights a foundation consisting in merging the principles of freedom, equality, and dignity. In this sense, we not only have to move beyond the distinction between unconditional rights to freedom and conditional social rights, but we ought to also recognize that the latter are now powerfully emerging as an essential tool with which to tackle the alarming scenario of growing economic social inequalities and the increasing rate of poverty.


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