La sentencia resuelve la cuestión interna de inconstitucionalidad planteada por el propio Tribunal Constitucional y declara inconstitucional el primer párrafo del art. 102 bis.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en la redacción dada por Ley 13/2009, de 3 de noviembre. El precepto inconstitucional establece que contra el decreto que resuelve la reposición contra una diligencia de ordenación o decreto no definitivo del Letrado de la Administración de Justicia no cabe recurso alguno.
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