La Iglesia, siguiendo las fuentes de la revelación divina (la Sagrada Escritura y la Tradición), manifestó desde sus inicios la clara conciencia de la potestad judicial de los Obispos diocesanos en sus circunscripciones, potestad ejercida personalmente durante muchos siglos. Por diversos motivos ese ejercicio personal fue cayendo en desuso. La necesidad de simplificar las causas de nulidad del matrimonio y una mejor comprensión de la eclesiología del Concilio Vaticano II han llevado a Papa Francisco, con el impulso del Sínodo de Obispos del 2014, a refundar los procesos de nulidad del matrimonio implicando en primera persona a los Obispos diocesanos.
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