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El decomiso de las sociedades pantalla

  • Autores: Oscar Martín Sagrado
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 8768, 2016
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • A efectos formales las sociedades pantalla o instrumentales son personas jurídicas a las que sería de aplicación el régimen de responsabilidad penal del art. 31 bis del CP. Sin embargo, el Tribunal Supremo ya ha manifestado en su reciente Sentencia 154/2016 de 29 de febrero, que aquellas sociedades que nacen exclusivamente con una finalidad delictiva se encuentran al margen de aquel. Se abre así el debate sobre el tratamiento que ha de darse a este tipo de sociedades en el proceso penal. Las diferentes soluciones que se han dado al problema encierran aspectos positivos. Sin embargo, desde la perspectiva de la agilización del proceso y el reforzamiento de las garantías procesales, el decomiso se descubre como una herramienta de indudable valor para el tratamiento de aquellas sociedades utilizadas como meros instrumentos al servicio del delito.


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