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Gastos de personal, oferta de empleo y tasa de reposición de efectivos: entre lo necesario, lo inaplazable, lo presupuestariamente posible y lo admisible

  • Autores: Luis Canal Fernández
  • Localización: Actualidad administrativa, ISSN 1130-9946, Nº 9, 2015
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      Junto con las reducciones salariales, los ajustes de plantilla constituyen uno de los mecanismos más socorridos para reducir o contener los niveles de gasto de cualquier estructura productiva en un contexto de desajuste con los ingresos. En este sentido, las Administraciones Públicas no son una excepción, pero sí están singularmente condicionadas por la rigidez que presentan unas plantillas respecto de cuyos integrantes la estabilidad en el empleo no se reduce a una simple opción normativa que pueda ser coyunturalmente ajustada en escenarios de constricción del gasto público. Con semejantes condicionantes, los instrumentos de planificación cobran especial trascendencia, pues solo a través de ellos podrá garantizarse, no solo la sostenibilidad financiera de las plantillas sino, también y sobre todo, la continuidad y la calidad del servicio público respecto de la que la anterior no debe ser desconectada. Entre estos instrumentos, la oferta de empleo público introducida por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, cumple un papel esencial al ser el instrumento elegido por el legislador para modular los flujos de ingreso sobre los que, a su vez y mediante la tasa de reposición de efectivos, vienen interfiriendo sistemáticamente desde 1994 las anuales leyes de presupuestos. Tanto la opción por la limitación de las dotaciones de personal de nuevo ingreso para contener el gasto como su efectiva materialización a través de la tasa de reposición de efectivos en las leyes de presupuestos plantean no pocos interrogantes cuya resolución judicial no empaña lo forzado de la opción consistente en «limitarse a limitar» cuantitativamente las convocatorias de ingreso de personal fijo.

    • English

      Along with salary reductions (wage cuts), staffing adjustments constitute one of the most useful means to reduce or contain any production structure´s expenditure levels, in a setting of financial imbalance. In this regard, Government Administrations are no exception, but, moreover, are uniquely conditioned by the rigidity of staffing for whom work stability does not come down to a regulation option capable of conjunctural adjustments in public expenditure restriction scenarios. In face of such conditions, planning instruments become of chief importance, as the only means to guarantee not only staffing financial stability but specially, the continuity and quality of public service, with which it must always go hand in hand. Among these instruments, public employment offer introduced by Act 30/1984, of August the 2nd, establishing measures for the reform of Public Service, plays a key role as the chief instrument chosen by the legislator to modulate recruitment flows, with wich, in turn, by means of the Civil Servants Turnover Rate, the Annual Budgetary Law has been sistematically intefering since 1994. Choosing to limit the recruitment of new staff to reduce expenditure as well as the effective implementation of said limits through Civil Servants turnover rate in budgetary legislation, raises a significant number of questions where court ruling does not cloud the forcible nature of quantitavely «limiting to limit» calls for public service recruitment.


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