El Tribunal de Justicia considera que el art. 335 TFUE otorga a la Comisión Europea base jurídica para decidir la posición de la Unión Europea en un procedimiento consultivo ante el Tribunal Internacional del Derecho del Mar. Del mismo modo, entiende que por el hecho de haber presentado observaciones escritas ante ese Tribunal en nombre de la Unión sin haber sometido su contenido al Consejo, aquella institución no infringió los principios de atribución de competencias, equilibrio institucional y cooperación leal.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados