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Resumen de Modelos de desarrollo de unidades de igualdad en la universidad pública

María Rosa Cerdá Hernández

  • La Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres ha introducido modificaciones de importancia sustancial en diferentes áreas. La Educación Superior debe adaptar sus estructuras al concepto transversal de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Así en la Disposición Adicional 12 de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades se establece la Unidad de Igualdad como órgano a través del cual deberán desarrollarse las medidas necesarias para que, en el ámbito universitario, se haga realidad la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. La Unidad de Igualdad de cada Universidad se configura como un nuevo órgano integrado en la estructura universitaria que responderá a las necesidades de cada institución según la adscripción o dependencia jerárquica del mismo dentro de dicha estructura universitaria.

    Objetivo de esta comunicación es la exposición del significado de la Unidad de Igualdad en la estructura universitaria y la existencia de cuatro modelos principales de configuración de dicha Unidad según el distinto desarrollo del principio de igualdad efectiva en las respectivas Universidades.


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