Para quienes en su momento impulsaron el movimiento de reforzamiento de los derechos y garantías del contribuyente, y en particular el establecimiento de un adecuado control de la acción de las Administraciones Tributarias que permitiera conocer el porqué y el cómo de esa acción, la redacción finalmente aprobada del artículo 26 de la Ley 1/1998, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes, constituyó motivo para la frustración, uno más de los muchos que esa Ley finalmente produjo. El golpe de «tuerca» lo dio la Ley 58/2003, con la redacción de su artículo 116. Lo realmente interesante y trascendente, «el control verdadero», quedaba fuera del alcance la ciudadanía.
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