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Alcaldes. Atribuciones.- Contabilidad local.- Presupuestos locales.- Dada la vigencia del art. 5.2.c) del Real Decreto 1174/1987, es obligado que el ordenador autorice, junto con el tesorero y el interventor, los cheques y demás órdenes de pago que se giren contra las cuentas abiertas en las entidades financieras.


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