Comprender que toda Constitución es la obra de un poder constituyente soberano implica que todos los poderes por ella constituidos, incluido el poder de reforma, se encuentran esencialmente limitados en su ejercicio. Sostenemos que, en concreto, todo poder de reforma se haya limitado no sólo formalmente por el procedimiento establecido en la propia Norma Fundamental para su modificación sino, también, materialmente, aun cuando no figuren explícitamente cláusulas de intangibilidad en el propio texto constitucional.
Understand that any Constitution is the result of a sovereign constituent power implies that all powers costituted by it, including the amend power, are essentially limited in its exercise. Wer argue that, in particular, all amend power has been limited not only formally by the procedure established for Constitution modification but also materially, even if not explicity part intangibility clauses in the Constitution.
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