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La ejecución forzosa del acto administrativo en el derecho español

  • Autores: Antonio José Sánchez Sáez
  • Localización: Boletín Mexicano de Derecho Comparado, ISSN 2448-4873, ISSN-e 0041-8633, Nº. 145 (Enero-Abril 2016), 2016
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The administrative acts enforcement in the spanish law
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      En este artículo se resume el régimen jurídico de la ejecución de los actos administrativos en el derecho administrativo español, cuya regulación se encuentra en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El acto administrativo es un acto de voluntad, deseo, conocimiento o juicio, emanado de una administración, que tiene el privilegio de la ejecutividad (es de obligado cumplimiento para sus destinatarios) y de la ejecutoriedad (en caso de renuencia por parte de los destinatarios, la propia Administración, sin recurso de terceros o de tribunales, puede hacerlos cumplir de manera coercitiva). En el derecho administrativo español los medios de ejecución forzosa son limitados a cuatro: apremio sobre el patrimonio, ejecución subsidiaria, multa coercitiva y compulsión sobre las personas. Para cada tipo de acto administrativo, dependiendo de su objeto, la regulación propende al empleo de un tipo de ejecución forzosa concreto. Por ejemplo, las deudas dinerarias suelen ser ejecutadas mediante el apremio sobre el patrimonio; las obligaciones de hacer, pueden ser ejecutadas mediante la ejecución subsidiaria o las multas coercitivas; las obligaciones personalísimas casi siempre exigen de una compulsión sobre las personas, etcétera. Sin embargo, cuando varios medios pueden ser posibles para hacer cumplir el mismo acto, la administración preferirá el empleo del medio menos lesivo de la libertad y patrimonio del administrado, en una clara aplicación del derecho fundamental a la libertad y a la propiedad.

      Finalmente, se hacen algunas consideraciones sobre la ejecución de actos administrativos que pueden conllevar la entrada en el domicilio del administrado, y el juego en esos casos del que en España es el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio.

    • English

      This paper describes the legal framework for the enforcement of Administrative acts in the Spanish administrative Law, which is in Act 30/1992, on the Legal Regime of Public Administrations and of the Common Administrative Procedure. Administrative act is an act of will, desire, knowledge or judgment issued by an Administrative body, who has the privilege of enforceability (it is mandatory for its recipients) and enforcement (in case of reluctance on the recipients, the Administration, without recourse to third parties or Courts can enforce coercively).

      In the Spanish Administrative Law enforcement media are limited to four: constraint on capital, subsidiary execution, coercive penalties, and compulsion on people. For each type of administrative media, depending on its purpose, regulation tends to the use of a particular type of enforcement. For example, money claims are usually implemented through the constraint on capital; obligations to do, can be executed by the subsidiary execution or periodic coercive penalty payments; personal obligations almost always require a compulsion on people, etc. However, when various legal media may be possible to enforce the same act, the Administration prefers the use of the less harmful means, in a clear application of the fundamental right to liberty and property.

      Finally, some considerations are made about the implementation of administrative measures that may involve the entry into the home of recipients, and the game in those cases of the fundamental right to the inviolability of the home.


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