Son órganos de mediación sobre asuntos profesionales entre los miembros de la redacción y la dirección y, a veces, la empresa. Velan por el cumplimiento del Estatuto de Redacción e intervienen en los casos de invocación de la cláusula de conciencia. Los escasos estatutos que contemplan su existencia les encomiendan consultar a la redacción sobre aspectos relacionados con la línea editorial y sobre nombramientos de directores y altos cargos de la redacción. En caso de abrumadora mayoría contraria a un contenido informativo, algunos tienen derecho a publicar la opinión de la redacción. Se llaman Comité de Redacción, Comité Profesional, Consejo de Redacción o Consejo Profesional. Quienes pertenecen a ellos creen que el esfuerzo merece la pena y cuentan su experiencia. El primero nació hace 25 años, en El País.
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