Una variación de las circunstancias que motivaron la adopción de acuerdos colectivos o de pactos individuales y que pueden afectar al desarrollo de las relaciones laborales justificaría dejar sin efecto jurídico lo convenido. El conocimiento de los presupuestos para conseguir tal efecto y de los límites en su aplicación permite hacer un correcto uso del principio rebus sic stantibus cuyo empleo está cada vez más extendido según la reciente Jurisprudencia.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados