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Prohibición de explotación turística de la vivienda por ser contraria a la convivencia normal de la comunidad de propietarios

  • Autores: Alejandro Fuentes-Lojo Rius
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 8709, 2016
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La comunidad de propietarios puede hacer cesar la actividad de explotación turística que se viene realizando en la finca sin necesidad de que se haya prohibido en los estatutos de la comunidad y con independencia de que se haya obtenido la correspondiente licencia de explotación turística.


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