Muchos pensaban que llegada esta fecha y una vez vencido el plazo de dos años otorgado por la Disposición Final Novena de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno, se acabaría el ciclo de la transparencia. Pero no ha sido y no debe ser así. La llegada de la fecha límite determinaba, en teoría, el fin de una fase, la del proceso de implantación. Pero, dadas las características de las obligaciones legales, supone el inicio de la tarea más ardua, el mantenimiento y gestión de la información, en su doble vertiente, sin perjuicio de la mejora de la implantación ante el resultado constatado en muchas EELL
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