En el ámbito internacional han evolucionado las obligaciones pactadas en los diversos instrumentos en materia de derechos humanos y los parámetros de interpretación y protección de los organismos que velan por su eficacia. Y si bien la suscripción de un tratado y el sometimiento a la jurisdicción de la Corte Interamericana son decisiones que un Estado adopta de forma potestativa en ejercicio de su soberanía; una vez signado aquél y aceptada ésta, el tribunal queda facultado para contrastar si se cumplen las obligaciones contraídas. En caso negativo dicta una sentencia reparadora, definitiva e inatacable. Ocasionalmente las reglas y criterios que rigen su actividad contenciosa son cuestionados; se argumenta incertidumbre en su competencia y extralimitación en sus atribuciones, pese a ello sus fallos se acatan. Sin embargo, Venezuela recién exploró un inusual recurso ante su Corte Suprema para inobservar una sentencia dictada en su contra.
In the international arena have evolved the obligations agreed to at the various instruments in the field of human rights and the performance parameters and protection of the bodies to ensure its effectiveness. And while the signing of a treaty and the submission to the jurisdiction of the Inter-American Court are decisions that a State adopts the equation form within the exercise of sovereignty; once marked that and accepted this, the court is entitled to compare if it meet the obligations. In case negative dictates a judgment restorative, final and unassailable. Occasionally the rules and criteria that govern its contentious activity are questioned; it argues uncertainty in their competence and overstepping its powers, despite his judgments are compliant.
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