La personificación jurídica constituye la aportación del Derecho a la creación de empresas en las que los que aportan el capital fijo son más de unos pocos. Cuando el capital fijo es aportado por muchos y se aporta a una “empresa” en el sentido de la Economía Neoclásica, (la empresa es una “unidad especializada de producción”), convertir al grupo de cotitulares de los activos fijos en un “individuo”, esto es, sustituir la propiedad colectiva por la propiedad individual (la persona jurídica) es eficiente porque reduce los costes de producir e intercambiar lo producido en el mercado.
Las sociedades anónimas no comparten un tronco común con las compañías mercantiles preexistentes. Ambas han convergido sólo a partir de la segunda mitad del siglo XIX hasta configurar en la actualidad el Derecho de Sociedades como un conjunto sistemático valorativamente coherente.
La aparición de la sociedad anónima en el siglo XVII afecta no solo a las relaciones entre los comerciantes y a las relaciones de éstos con terceros, sino a la estructura de la propiedad de los activos empleados en la empresa común.
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