La reforma canónica de los procesos matrimoniales promulgada por el papa Francisco en el motu proprio Mitis Iudex Dominus Iesus, de 15 de agosto de 2015, tiene por objeto facilitar los trámites para obtener sentencia, e incide así en la celeridad del proceso. No ha cambiado las causas substantivas de nulidad de matrimonio. El artículo estudia desde un punto de vista práctico qué incidencia puede tener la nueva normativa en los procesos matrimoniales eclesiásticos, cómo aplicarla y qué aspectos deberán ser concretados por los Tribunales de la Iglesia. También aporta elementos críticos para una futura mejora de esta legislación.
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