La garantía constitucional del principio de legalidad penal, se ha visto considerablemente extendida por una reiterada y constante doctrina jurisprudencial sentada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en torno al art. 7 del CEDH. Tal disonancia, obliga al Tribunal Constitucional Español a adaptar los márgenes del derecho fundamental equivalente, así como a nuestros Juzgados y Tribunales a acatar tales posicionamientos a la hora de interpretar y aplicar la norma penal.
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