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Tratamiento de las dilaciones procesales en el derecho alemán y español

  • Autores: Margarita Roig Torres
  • Localización: Revista General de Derecho Penal, ISSN-e 1698-1189, Nº. 23, 2015
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La atenuante del artículo 21.6 CP no ofrece una respuesta adecuada al problema de las dilaciones extraordinarias de los procesos penales en nuestro país. Tampoco la introducción de plazos legales para la instrucción prevista en el Anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, comporta una mejora sustancial en tanto se deja la puerta abierta a posibles prórrogas sin acotar los términos. Por eso, se propone la adopción de una medida semejante a la del §60 StGB, donde se establece la renuncia a ciertas penas, si su imposición resulta errónea debido a los perjuicios sufridos por el acusado a causa del hecho delictivo, en particular el retraso injustificado del procedimiento. Por otra parte, la concepción hoy prevalente de las dilaciones indebidas como una pena natural, hace aconsejable la regulación de la disminución penológica de forma autónoma, desligándola del juego de las atenuantes y agravantes. Junto a ello, deben fijarse límites taxativos a los nuevos periodos de la investigación, y disponerse el sobreseimiento si no se obtienen pruebas suficientes para el enjuiciamiento. En cambio, cabe destacar que la posibilidad de rebajar la pena en grado en el sistema español, evita respuestas extralegales como la �solución en la ejecución� (Vollstreckungslösung) adoptada por el Tribunal Supremo alemán (BGH).


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