En este artículo el autor ofrece una solución interpretativa al problema que se va a plantear en las ejecutorias penales con la responsabilidad civil «ex delicto» declarada en sentencia firme, al haberse reducido considerablemente el plazo de prescripción de la acción personal regulada en el artículo 1964 del CC, que de quince años el legislador ha reducido a cinco, con las posibles injusticias y estímulos que para la comisión de delitos económicos (corrupción) ello puede suponer.
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