Dentro de las causas de despido disciplinario, el Derecho chileno prohíbe las inasistencias injustificadas del trabajador durante determinados días del mes, de forma que la gravedad de la infracción se verifica en la reiteración de una ausencia que frustra los objetivos del contrato. Dicha reiteración ha sido cuantificada previamente por el legislador, a objeto de responder al test de gravedad que supone la falta. Si bien es cierto que la indicación precisa del número de inasistencias y limita el libre arbitrio del juzgador en la calificación del incumplimiento, en la práctica la jurisprudencia ha centrado su actividad en determinar el alcance de la justificación, observándose al efecto una mirada más flexible que pone el acento en la sensatez del caso y en la racionalidad del impedimento.
Within the grounds for disciplinary dismissal, Chilean law prohibits unexcused absences of the employee during certain days of the month so that the gravity of the offense takes place in the reiteration of an absence that frustrates the objectives of the contract. Such reiteration has been quantified by the legislator, with the objective of responding to the seriousness test that the infraction implies. While it is true that the precise details of the number of absences limits the discretion of the judge in the qualification of the offense, in reality the courts have focused their decisions in determining the extent of the justification, showing a more flexible standpoint that stresses the reasonableness of the case and the rationality of the impediment.
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