La LO 1/2015 suprime la sustitución de la pena de prisión por trabajos en beneficio de la comunidad (TBC, en adelante) o multa que regulaba el art. 88 CP y la reconduce a la suspensión de la ejecución, en la que éstas pierden su naturaleza de penas sustitutas y se convierten en una condición más de la suspensión. Se analiza en este artículo la incidencia de la reforma en esta materia en cuestiones como el régimen transitorio, la competencia judicial de control en los supuestos de TBC, la concesión de la suspensión, el incumplimiento de las condiciones establecidas y la prescripción de la pena de prisión suspendida.
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