El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado una sentencia en la que se pueden extraer básicamente dos conclusiones relevantes en relación con los métodos utilizados por la Administración para realizar la comprobación de valores: el dictamen de peritos no puede confundirse con el de la estimación por referencia a los valores que figuren en los registros oficiales de carácter fiscal; y este último, puede ser perfectamente adecuado para efectuar la comprobación de valores
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