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Contratación electrónica, transporte aéreo y usuarios: deber de información sobre el precio final y los suplementos opcionales

  • Autores: Nerea Iráculis Arregui
  • Localización: REDE. Revista española de derecho europeo, ISSN 1579-6302, Nº. 56, 2015, págs. 119-149
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En relación con el deber de información y transparencia en la presentación del precio del servicio aéreo online y de los suplementos opcionales de precio, el artículo 23.1 del Reglamento (CE) nº 1008/2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad, establece las condiciones mínimas de transparencia. Por un lado, que los elementos obligatorios y previsibles del precio del servicio aéreo se indiquen en todo momento como componentes del precio final que debe pagarse y, por otro lado, que los suplementos opcionales de precio se comuniquen de manera clara al comienzo de cualquier proceso de reserva y sean objeto de una opción aceptada expresamente por el cliente. El Derecho Europeo, con previsiones específicas para el sector del transporte aéreo, tiene la finalidad de combatir ciertas prácticas muy frecuentes en la contratación online del transporte aéreo de pasajeros. La consecución de dicha finalidad pasa por la aplicación e interpretación adecuada de dicho Derecho Europeo, aclarando cuándo el precio del servicio aéreo online y los suplementos opcionales son trasparentes. Dicha regulación y las recientes sentencias del Tribunal de Justicia en esta cuestión son objeto de análisis de este trabajo.


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