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Resumen de Procedimiento: ¿Cuándo podremos ir a casación en el ámbito tributario? La necesaria construcción de un concepto clave: el «interés casacional objetivo»

Juan Bautista Martín Queralt

  • El concepto de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia se convierte en elemento clave para la admisibilidad de los recursos de casación a partir del 22 de julio de 2016, fecha en la que entrará en vigor la reforma de la Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativa realizada por la Ley Orgánica 7/2015. El Tribunal Supremo deberá ir definiendo el nuevo concepto, al igual que viene haciendo el Tribunal Constitucional con el concepto de relevancia constitucional, elemento clave para la admisibilidad de los recursos de amparo.


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